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INFORMACIÓN y NOVEDADES

¿Cuándo entra en vigor Verifactu?

La Ley Antifraude tiene como objetivo prevenir y combatir el fraude fiscal y, en su mayor parte, entró en vigor el 11 de octubre de 2021.

Esta ley establece la obligatoriedad para los contribuyentes de implementar un software Verifactu, que impida la modificación y destrucción de registros en el proceso de facturación, firmarlos electrónicamente y remitir todos los registros a la AEAT.

 

¿Qué es Verifactu?

Verifactu es una normativa que está dentro de la Ley Española Antifraude, que establece los requerimientos para los sistemas de facturación, que deberán poder comunicarse en tiempo real con la Agencia Tributaria Española. Tras publicarse una Orden Ministerial en el BOE del 28 de octubre de 2024, se dio un periodo de 9 meses para que las empresas desarrolladoras de software se adapten a esta normativa, cumpliendo obligatoriamente con los requisitos Verifactu a partir del 29 de julio de 2025.

Por su parte, las empresas están obligadas a implementar Verifactu el 1 de enero de 2026.


¿En qué consiste?

La Ley Antifraude busca la transparencia en la facturación. Para ello, todas las facturas deben incluir un código QR con información específica y una dirección URL a la sede de la agencia tributaria.


¿Es obligatorio para autónomos y empresas?

Sí. Ya seas empresa o autónomo en cualquier lugar del territorio español (incluye Canarias, Ceuta y Melilla) estás obligado a que tus facturas cumplan con la normativa Verifactu. Solo hay unas pocas excepciones en las que no están obligados a realizarlo que son:

  • Empresas o empresarios que estén inscritos en el SII (Suministro Inmediato de Información).
  • Si tu empresa está radicada en el País Vasco y Navarra.
  • Aquellas transacciones en base a la normativa Tributaria que no deban documentarse en factura y otros supuestos que dispongan de autorización específicas de la AEAT.

Plazos

La regulación de Verifactu, enmarcada en la Ley Antifraude y promovida por la Agencia Tributaria, establece varios plazos para la adaptación de los sistemas informáticos:

  • Antes del 29 de julio de 2025, los programas de facturación deben cumplir con la normativa.
  • Desde el 1 de enero de 2026, el uso de sistemas de facturación certificados será obligatorio para empresas.

A partir de estos plazos, cualquier software de facturación que no cumpla con la normativa será considerado ilegal.


Consecuencias del incumplimiento

Las empresas deberán implementar un sistema capaz de generar, emitir, enviar y recibir facturas en un formato electrónico estructurado, asegurando el cumplimiento de Verifactu. Aquellas que no se adapten a tiempo podrían enfrentar sanciones económicas, por lo que es recomendable actualizar los sistemas de facturación cuanto antes. Las sanciones no son sólo a los fabricantes de sistemas de facturación, sino también a usuarios que no utilicen programas certificados en el cumplimiento de la normativa Verifactu. A partir del 1 de enero de 2026, las empresas que no cumplan con la normativa podrán recibir multas de hasta 50.000€ por ejercicio fiscal, incluso si el sistema de facturación no está en uso. Para evitar estas penalizaciones, la adaptación a Verifactu no es solo una obligación legal, sino también una medida de protección financiera.

NOVEDADES de Distritok
En este Blog encontrará todas las nuevas funcionalidades, mejoras, consejos e información de todos los programas de Distritok. SQL Pyme, SQL Conta, SQL Obras, SQL TPV, SQL Caffe, SQL Tablet y mPYME.

MEJORAS de Pacientes 4
  • NUEVO Porta Web de Resultados para Remitentes y Pacientes.
  • Múltiples Filtros para las Imágenes y Archivos Externos.
  • Multi Captura de Imágenes con tipo y ubicación predeterminad.
  • Anotaciones para el Paciente. Nos permitirá registrar todo tipo de incidencias o controles que necesitemos por fecha, hora, duración, tipo, notas, etc.
  • Nueva "Búsqueda Rápida" parciales de Pacientes, Remitentes, Entidades, Empresas, Actos, Productos, Medicamentos, Plantillas, Consentimientos, Protocolos, etc.
  • Envío de SMS avisando de los Resultados listos para recoger.
  • Nuevo. Presupuestos, Facturas Pro-Formas, etc. Sin Vencimientos.
  • Nuevo “Captura” de imágenes. Archivos Documentos Externos.
  • Enlace Metadatos – Medical Patient Global.
  • Nuevo “Solicitud de Autorizaciones”. Entidades y Visitas.
  • Nuevo “Presupuestos”.
  • Nuevo “Pareja”. Pacientes, Visitas, Informes y Facturas.
  • Enlace a ERP (Sistema de Planificación de Recursos Empresariales) + CRM (Gestión o Administración de Relaciones con el Cliente) estándar. eFacturas, Remesas, ect.
  • Módulo Honorarios.
  • Nueva vista Visita "AdminGest" - para el Control administrativo de la Visita.

CIBERESTAFAS y CIBERATAQUES
La falsa llamada de los técnicos de Microsoft, la nueva estafa sobre la que alerta la Guardia Civil.
Internet
es el lugar idóneo para que los estafadores puedan conocer a sus víctimas y preparar sus timos. Los ciberdelincuentes usan el phising o el carding para tratar de engañar y robar datos personales o conseguir el número de cuenta bancaria.

Es lo que está pasando con la última estafa de los 'técnicos de Microsoft'. A pesar de que es una llamada fácil de reconocer, es muy peligrosa si consiguen engañarte. La OCU ha alertartado que el famoso timo de 'la falsa llamada de Microsoft' ha reaparecido y es importante conocer en qué consiste para evitar ser víctimas.
Somos la solución completa y definitiva
Últimas MEJORAS de Pacientes 4
V
er. 5.41 · 13/4/2025
  • Rediseño del módulo de Informes con Imágenes. Más formatos...
  • Búsquedas Rápidas parciales de Pacientes, Remitentes, Entidades y Empresas.
  • Envío de SMS avisando de los Resultados listos para recoger.
  • Nuevo. Presupuestos, Facturas Pro-Formas, etc. Sin Vencimientos.
  • Búsqueda especial contenido para el DNI de los Pacientes.
  • Botones rápidos de Plantillas Personales (por Doctor) para los Informes.
  • Puestos y Usuarios. Ubicación de archivos, Usuarios Logueados...
  • Control y mejoras de los Anexos. Radiología y Patología.
  • Nuevo “Captura” de imágenes. Archivos Documentos Externos.
  • Históricos de Visitas. AdmiGest – HVAG
  • Espacios y Filtro. Nombres y Apellidos de los Pacientes.
  • Enlace Metadatos – Medical Patient Global.
  • Mejoras para la Fusión de Historias duplicadas...
  • Nuevo “Solicitud de Autorizaciones”. Entidades y Visitas.
  • iPad 2.0. RGPD, Cuestionarios, Consentimientos...
  • Citas - Historia “0”, Notas, Noticias, Festivos, Calendarios...
  • Nuevo “Pareja”. Pacientes, Visitas, Informes y Facturas.
  • Nuevo “Presupuestos” desde Informes..
  • Nuevo Módulo Honorarios.
  • Nuevo Módulo Enlace ERP + CRM. Facturas a Pacientes, Entidades...
  • Visita “AdmiGest” – Más funcionalidades. Indicaciones, Recetas*, Informes*, etc.
  • Nueva “Flebología”. Se actualiza y rediseña totalmente la especialidad.
  • Nueva Opción PACS + DICOM = “2”. Posibilidad de usar los dos sistemas de PACS.
  • Actos Médicos – nueva opción Facturable (Si/ No).
  • Impreso “N”, con dos filas (Cita + Teléfonos, Nº Asegurado, Nota Paciente, etc.
  • Acceso a la ficha del Calendario activo (festivos, horarios) desde los calendarios.
  • Se registra si se ha impreso el Ticket del turno para la Sala de espera anónima.
  • Remitente - Envío automático de Informes vía URL.
  • Nuevo formato para el Anexo de imágenes 1 x 6.
  • Nuevo perfil de usuario especial (Admin).
  • Justificante de la Visita, Impreso o PDF.
  • Control cierre programa desde cierre de ventana.
  • Control y Aviso fin de alquiler o licencias, Alias centro, Logo marca de agua...
  • Posibilidad de marcar y ocultar Informes Especiales por Usuario.
  • Nueva Visita "AdminGest" - para el Control administrativo de la Visita.
  • Productos y Stock - Características Lote y/o Fecha Caducidad.
  • Actos por Tarifa. Posibilidad de excluir actos en las Tarifas / Entidades.
  • Control de Productos por Lote y/o Caducidades.
  • Botones rápidos de Plantillas Personales (por Doctor) para los Informes.
  • Protocolos para el “Asunto” de los emails, en el envío de Informes.
  • Protocolos para el “Asunto” de los emails, en el envío de Informes.
  • Botones de Verificación del acceso a las ubicaciones de los PDF’s.
  • Opciones Informes PDF - Hasta 7 protocolos para nombrar los ficheros PDF's.
  • Opciones de impresión en papel o generar PDF, al Imprimir los listados principales.
  • Posibilidad de predeterminar actos médicos para las nuevas Visitas.
  • Medicación – Pautas y Tomas.
  • Se protege la Razón Social y el CIF de las facturas. (Excepto cliente varios).
  • Impresos - Opción Impresión en DIN-A4 de Recibos, Vencimientos y Cobros.
  • Hasta tres líneas el campo “Descripción” en todos los impresos de facturas.
  • IRPF por Línea – Posibilidad de imputar o no, el IRPF por cada línea de la factura.
Licenciamiento FileMaker - Cloud, Mac, Windows y Linux
FileMaker ERROR Fuentes Ilegibles.

Algunas fuentes se sustituyen por una fuente .tmp ilegible.

FileMaker, Inc. es consciente de un problema que reemplaza algunas fuentes por un archivo ilegible. Fuente TMP compuesta de símbolos. El asunto está siendo investigado.

Posibles Soluciones:

  • Actualice a la versión más reciente de Adobe Reader.
  • Elimine la caché de fuentes de Windows en C:\Windows\System32\FNTCACHE. DAT y reinicie el equipo.
  • Deshabilite el Servicio de caché de fuentes Windows desde Herramientas administrativas\Servicios.
  • Elimine la caché de Adobe dentro de C:\Users\<username>\AppData\Local\Temp \acrord32_sbx\.
  • Elimine Todos los Archivos Temporales, Borre la caché y Actualizar Windows.
  • Utilice un nivel de zoom distinto del 100%.

Este problema se ha resuelto en FileMaker Pro 19.1.2

Compatibilidades FileMaker Server

FileMaker Server 21.1 (2024). FileMaker Pro y Go 21,x, 20.3, 19.6, 19.5 y 19.4.2. más...

FileMaker Server 20.3 (2023). FileMaker Pro y Go 20.1, 19.6, 19.5 y 19.4.2.

FileMaker Server 19.0 - 19.6. FileMaker Pro y Go 19 y 18.

FileMaker Server 18. FileMaker Pro y Go 18, 17 y 16.

FileMaker Server 17. FileMaker Pro y Go 17, 16 y 15.

SOLUCIONES "LLAVE EN MANO", SOFTWARE A MEDIDA
Programas Sectoriales para Autónomos, Pymes y Empresas.
Módulo de ubicaciones.
Manejo de las fechas en el SII.
mPYME Picking.
¿Cómo funciona el sistema EDI?.
Módulo de Fabricación.
Circuito de ventas y Gestión de tesorería,
Gestión de almacén y Circuito de compras.
Sii
(Suministro Inmediato de Información).
Módulo de Reparaciones
Maestros: Clientes y proveedores.
Maestros: Artículos.
Módulo CRM.
mPYME Documentos.
mPYME Reparaciones.
Cierre y apertura de año en SQL Conta.
Criterio de caja en SQL Conta.
Balances en SQL Conta.
Múltiples diarios y usuarios en SQL Conta.
Cierre de ejercicio y cuentas anuales en SQL Conta.
Herramientas u utilidades de SQL Conta.
Modelos fiscales en SQL Conta.
Etc...

SISTEMAS, COMUNICACIONES y SEGURIDAD
Servidores, Redes, Internet, Copias y Almacenamientos
Datos Sesibles o Especialmente Protegidos - RGPD y LOPD

Son una categoría de datos que debido a su incidencia especial en la intimidad, las libertades públicas y los derechos fundamentales de la persona, es necesaria una mayor protección que el resto de datos personales.


El Consentimiento debe ser "Explícito" y con un solo Fin.


Información Sensible:

  • Opiniones Políticas o Afiliación Sindical.
  • Convicciones Religiosas o Filosóficas.
  • Origen Racial o Étnico.
  • Datos relativos a la Salud.
  • Datos Genéticos o Datos Biométricos.
  • Vida Sexual u Orientación Sexual.
  • Infracciones Penales o Administrativas (solo administraciones públicas competentes).
Margen Comercial

Margen comercial según la RAE es el Beneficio que se obtiene en un negocio por la diferencia entre coste y precio de venta.

Margen Comercial = Precio de Venta – Coste del Producto.

 

Es importante tener en cuenta que existen dos formas de calcular el margen comercial, ambos expresados en porcentaje, para realizar comparaciones de manera más sencilla.

Actualmente se recomienda el Porcentaje sobre Ventas, ya que las promociones, ofertas, descuentos, etc., se aplican sobre el Precio de venta.

 

Porcentaje sobre Compras: (MC %).

  • Porcentaje margen sobre compras = Margen Comercial / Precio de compra.

25% = 25 / 100   ;   100 + 25% = 125   ;   100 x 1,25 = 125   ;   125 / 1,25 = 100

 

Porcentaje sobre Ventas: (MV %).

  • Porcentaje margen sobre ventas = Margen Comercial / Precio de venta.

20% = 25 / 125   ;   125 - 20% = 100   ;   125 x 0,80 = 100   ;   100 / 0,80 = 125

Nueva LEY ANTIFRAUDE - BOE 10 de julio de 2021 Ley 11/2021
Con motivo de la entrada en vigor el 11 de octubre de 2021 de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, publicada en el BOE el 10 de julio de 2021 que, entre otros, combatirá las formas de fraude asociadas a las nuevas tecnologías, desde Distrito K y SIP Cantabria, queremos informarles que nuestras soluciones cumplirán con todas las premisas y requisitos que exige la ley en el momento de su entrada en vigor.

Esta es una ley muy amplia que recoge diferentes formas de combatir el fraude, pero nos centraremos en las regulaciones para los programas de contabilidad y facturación.
¿Qué objetivo tiene esta ley?
Disuadir el fraude fiscal y la economía sumergida que existe en España.

¿En qué afecta al software de gestión?
Esta Ley quiere regularizar los sistemas de software, aboliendo la utilización del software de doble uso o doble contabilidad.

En sintonía con el objetivo de combatir las nuevas fórmulas de fraude asociadas a las nuevas tecnologías, la Ley establece la prohibición de la producción, tenencia o comercialización del denominado ‘software de doble uso’, donde se emplean programas informáticos que permiten manipular la contabilidad y que pueden ser usados por empresas infractoras para ocultar parte de su actividad.

¿Qué es el software de doble uso?
Todo sistema de gestión y contabilidad que permite tener una doble contabilidad, utilizado para cuadrar cuentas ocultando ciertos cobros, rebajando así la factura fiscal.

¿Qué deben verificar los software para cumplir la ley?
Los programas y fabricantes tienen que garantizar la veracidad, transparencia y trazabilidad de los movimientos y procesos, y evitar cualquier fraude que falsee la contabilidad de las empresas.

¿Qué ocurre si no se cumple la Ley Antifraude?
Se han estipulado multas de diferentes cuantías e importes, que se establecerán tanto para las empresas que usen los programas, como para los desarrolladores y fabricantes, en función del uso de los mismos.
¿Qué es la mala praxis?

La mala praxis se refiere a la responsabilidad profesional por los actos realizados con negligencia. Por su parte, la negligencia médica es un acto mal realizado por parte de un proveedor de asistencia sanitaria que acaba causando alguna lesión al paciente. Puede ser producida por varios tipos de errores:

  • Imprudencia: actuar con falta de sensatez, juicio y cuidado.
  • Negligencia: omisión, descuido o falta de esfuerzo.
  • Impericia: no tener suficiente entrenamiento o experiencia para realizar algún procedimiento médico.
  • No acatar las normas: no seguir la normativa de manejo de un paciente establecida anteriormente por un consenso de profesionales.

La mala praxis suele ser involuntaria, lo que se consideraría delito culposo; por otro lado, en algunos casos excepcionales, la mala praxis puede ser intencionada, por lo que recibe el nombre de delito doloso.

Notas de interés...

ERRORES.

Revisar y analizar los errores es fundamental en esa tarea de ser mejores cada día. Conocer los errores nos lleva a asumir una actitud de humildad en nuestro ejercicio diario y nos acerca a los pacientes y a los médicos tratantes.

El tener un sistema de clasificación facilita el análisis de los errores para poder tomar correctivos.


Una Historia Clínica no se puede corregir.

Si permitimos la corrección permitiría que un cirujano opere, cometa negligencia y si el paciente muere corrige su registración.

La H.C. funciona como una escritura pública. No me refiero a la naturaleza jurídica que es diferente, me refiero al procedimiento que los escribanos tienen para corregir. Se marca el error y al final de la escritura se escribe lo correcto y se vuelve a firmar.

De esta manera queda constancia del error, se señala el error y se registra el dato correcto. Siendo ética y jurídicamente irreprochable.

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¿Cuándo entra en vigor Verifactu?

La Ley Antifraude tiene como objetivo prevenir y combatir el fraude fiscal y, en su mayor parte, entró en vigor el 11 de octubre de 2021.

Esta ley establece la obligatoriedad para los contribuyentes de implementar un software Verifactu, que impida la modificación y destrucción de registros en el proceso de facturación, firmarlos electrónicamente y remitir todos los registros a la AEAT.

¿Qué es Verifactu?

Verifactu es una normativa que está dentro de la Ley Española Antifraude, que establece los requerimientos para los sistemas de facturación, que deberán poder comunicarse en tiempo real con la Agencia Tributaria Española. Tras publicarse una Orden Ministerial en el BOE del 28 de octubre de 2024, se dio un periodo de 9 meses para que las empresas desarrolladoras de software se adapten a esta normativa, cumpliendo obligatoriamente con los requisitos Verifactu a partir del 29 de julio de 2025.

Por su parte, las empresas están obligadas a implementar Verifactu el 1 de enero de 2026.


¿En qué consiste?

La Ley Antifraude busca la transparencia en la facturación. Para ello, todas las facturas deben incluir un código QR con información específica y una dirección URL a la sede de la agencia tributaria.


¿Es obligatorio para autónomos y empresas?

Sí. Ya seas empresa o autónomo en cualquier lugar del territorio español (incluye Canarias, Ceuta y Melilla) estás obligado a que tus facturas cumplan con la normativa Verifactu. Solo hay unas pocas excepciones en las que no están obligados a realizarlo que son:

  • Empresas o empresarios que estén inscritos en el SII (Suministro Inmediato de Información).
  • Si tu empresa está radicada en el País Vasco y Navarra.
  • Aquellas transacciones en base a la normativa Tributaria que no deban documentarse en factura y otros supuestos que dispongan de autorización específicas de la AEAT.

Plazos

La regulación de Verifactu, enmarcada en la Ley Antifraude y promovida por la Agencia Tributaria, establece varios plazos para la adaptación de los sistemas informáticos:

  • Antes del 29 de julio de 2025, los programas de facturación deben cumplir con la normativa.
  • Desde el 1 de enero de 2026, el uso de sistemas de facturación certificados será obligatorio para empresas.

A partir de estos plazos, cualquier software de facturación que no cumpla con la normativa será considerado ilegal.


Consecuencias del incumplimiento

Las empresas deberán implementar un sistema capaz de generar, emitir, enviar y recibir facturas en un formato electrónico estructurado, asegurando el cumplimiento de Verifactu. Aquellas que no se adapten a tiempo podrían enfrentar sanciones económicas, por lo que es recomendable actualizar los sistemas de facturación cuanto antes. Las sanciones no son sólo a los fabricantes de sistemas de facturación, sino también a usuarios que no utilicen programas certificados en el cumplimiento de la normativa Verifactu. A partir del 1 de enero de 2026, las empresas que no cumplan con la normativa podrán recibir multas de hasta 50.000€ por ejercicio fiscal, incluso si el sistema de facturación no está en uso. Para evitar estas penalizaciones, la adaptación a Verifactu no es solo una obligación legal, sino también una medida de protección financiera.